Las leyes estatales gobiernan cuando se requiere testamentar
Una pregunta frecuente que se le hace a un abogado de planificación patrimonial es "¿Cuándo es realmente necesaria la sucesión?" Al igual que con muchas preguntas de planificación de herencia, la respuesta depende de las leyes específicas del estado en el que vive en el momento de su muerte, así como de las leyes de cualquier otro estado en el que sea propietario de bienes inmuebles. Aquí hay una lista de las razones por las cuales un patrimonio deberá ser legalizado.
NOTA: Las leyes fiscales cambian periódicamente, y debe consultar con un profesional de impuestos para obtener el asesoramiento más actualizado. La información contenida en este artículo no pretende ser un consejo fiscal y no sustituye el asesoramiento fiscal.
01 Activos propiedad del único nombre del difunto
Si el difunto poseyó alguna propiedad a su exclusivo nombre, sin ningún otro copropietario o una designación de muerte pagadera , entonces en la mayoría de los casos la propiedad tendrá que ser probada para obtenerla del nombre del difunto y en los nombres de la persona fallecida. los beneficiarios del difunto. Una excepción en algunos estados es un vehículo de motor.
Por ejemplo, tanto en Florida como en Tennessee, un vehículo de motor puede ser transferido a los herederos del difunto sin abrir una sucesión testamentaria. Aparte de esto, algunos estados tienen un proceso simplificado para "pequeñas fincas" que toma mucho menos tiempo que una administración de legalización completa. En Florida, se considera que una pequeña propiedad está valorada en $ 75,000 o menos.
02 Activos propiedad de un inquilino en común
Si el difunto poseía alguna propiedad en su nombre individual como inquilino en común con otras personas, entonces en la mayoría de los casos el inquilino en una acción común del difunto tendrá que ser legalizado para sacarlo del nombre del difunto y en los nombres del difunto. beneficiarios.
El procedimiento de "pequeña propiedad" mencionado anteriormente también se aplica a un inquilino de interés común, siempre que la parte fraccional del difunto se valúe a un valor menor que el monto reducido de propiedad estatal del estado correspondiente.
Tenga en cuenta que si el inquilino de interés común fue retitulado en el nombre del fideicomiso de vida revocable del difunto antes de que muera el difunto, entonces el interés no tendrá que ser legalizado.
03 Beneficiarios precedidos o sin beneficiarios designados
Si el difunto poseía una cuenta pagadera a la muerte o un tipo similar de cuenta; una cuenta de ahorros médicos o de ahorros médicos; una póliza de seguro de vida; una cuenta de jubilación , que incluye una IRA o 401 (k); o una renta vitalicia, y todos los beneficiarios nombrados de la cuenta o póliza han fallecido antes que el difunto, o si el difunto no nombró a ningún beneficiario, entonces en la mayoría de los casos la cuenta o póliza tendrá que ser probada para obtener a los nombres de los beneficiarios del difunto.
El procedimiento de "pequeña propiedad" mencionado anteriormente también se aplica a una cuenta o póliza sin un beneficiario válido, siempre que la cuenta o la póliza se valúe a un valor inferior al monto de corte de propiedad pequeña del estado correspondiente.
04 El difunto no tenía una última voluntad y testamento válidos
Si el difunto no tiene un Testamento y Testamento válidos en el momento de su muerte y una o más de las situaciones descritas anteriormente se aplican a los bienes del difunto, entonces en la mayoría de los casos los activos deberán ser probados para poder sacarlos del nombre del difunto y en los nombres de los herederos del difunto en la ley .
El procedimiento de "pequeña propiedad" mencionado anteriormente también se aplica a una sucesión interestatal siempre que el valor de la propiedad del difunto sea menor que el monto reducido de propiedad estatal del estado correspondiente.
05 El difunto tiene una última voluntad y testamento válidos
Incluso si el difunto tiene un Testamento y Testamento válidos en el momento de su muerte, si una o más de las situaciones descritas anteriormente se aplican a los bienes del difunto, entonces en la mayoría de los casos los activos deberán ser probados para obtener ellos a partir del nombre del difunto y en los nombres de los beneficiarios del difunto mencionados en la Última voluntad. El procedimiento de "pequeña propiedad" mencionado anteriormente también se aplica a una propiedad testada, siempre que el valor de la propiedad del difunto sea menor que el monto de corte de propiedad pequeña del estado correspondiente.