5 "Pruebas" para pasar al archivo Capítulo 7 de bancarrota
Si está luchando contra sus deudas, puede considerar presentar una bancarrota bajo el Capítulo 7 para limpiarse y comenzar de nuevo sin deudas pendientes. La bancarrota del Capítulo 7 es un tipo de bancarrota en la que ciertas propiedades se venden y se usan para pagar todas o algunas de sus deudas. Si no tiene una propiedad que pueda revenderse, muchas de sus deudas serán canceladas o canceladas al finalizar el caso de bancarrota.
No todos son elegibles para presentar bancarrota según el Capítulo 7, especialmente las personas con altos ingresos que podrían pagar sus deudas a través de la bancarrota del Capítulo 13 . Aquí hay una lista de criterios que lo califican para la bancarrota del Capítulo 7.
01 Debe superar la prueba de quiebra.
La prueba de bancarrota significa que compara su ingreso mensual del ingreso familiar medio del estado para una familia de su tamaño. Si su ingreso mensual excede el ingreso medio del estado, es posible que no pueda presentar bancarrota según el Capítulo 7.
Se requiere la prueba de medios si más de la mitad de su deuda proviene de compras del consumidor en lugar de deudas comerciales, impositivas o extracontractuales. (Las deudas por agravio son deudas por lesiones o daños que le causó a otra persona). Si su ingreso no cumple con la prueba de medios, podría indicar que le queda suficiente dinero después de pagar facturas para pagar algunas de sus deudas.
02 Usted es un individuo, una pareja casada o un pequeño empresario.
No puede presentar bancarrota del Capítulo 7 del consumidor en nombre de una corporación, LLC o sociedad. En su lugar, debe presentar una bancarrota empresarial del Capítulo 7 que tiene un proceso diferente al que se analiza aquí.
Puede bancarrota del Capítulo 7 para los consumidores si:- Usted es un individuo
- Está casado y presenta una declaración conjunta con su cónyuge
- Usted es propietario único y tiene responsabilidad personal en algunas deudas comerciales
- Usted es la mitad de una sociedad comercial con alguien que no sea su cónyuge y para declararse en quiebra en esas deudas comerciales usted tiene responsabilidad personal.
03 Usted no ha tenido una reciente bancarrota.
La ley de bancarrota evita que las personas acumulen deudas reiteradamente y que se les dé de baja en un tribunal de quiebras. No puede legalmente presentar una bancarrota conforme al Capítulo 7 si tuvo un despido anterior por bancarrota del Capítulo 7 en los últimos 8 años, o una bancarrota del Capítulo 13 en los últimos 6 años.
El período de presentación comienza desde la fecha en que se archivó su quiebra anterior en lugar de cuando se canceló la quiebra.
04 No ha tenido un despido reciente por bancarrota.
No puede declararse en bancarrota conforme al Capítulo 7 si se desestimó la quiebra dentro de los últimos 180 días por alguna de estas razones: violó una orden judicial, abusó del sistema de bancarrota, presentó una declaración de bancarrota fraudulenta o solicitó el despido porque un acreedor solicitó la suspensión automática se levantó.
05 Debe recibir asesoramiento de crédito.
Para presentar cualquier tipo de bancarrota, debe recibir asesoramiento crediticio de una agencia de asesoría crediticia aprobada por el gobierno. No tiene que obtener asesoramiento antes de declararse en quiebra, pero debe completarlo no más de 180 días antes de la fecha de su quiebra.
Parte del asesoramiento crediticio debe incluir un curso de administración financiera de dos horas. Las agencias que ofrecen este curso no siempre son organizaciones sin fines de lucro, pero deberían poder ofrecerle servicios gratuitos o de menor costo si no puede pagar el precio total. La Oficina del Fideicomisario de los Estados Unidos tiene una lista de agencias aprobadas por estado.
Si no recibe su asesoramiento crediticio dentro del marco de tiempo especificado, se desestimará su caso de bancarrota.
06 Obtenga el consejo de un abogado.
Esto no es un consejo legal. Si está considerando la bancarrota y no está completamente seguro de si reúne los requisitos, busque el asesoramiento profesional de un abogado especializado en bancarrotas.