El Informe de Cuenta Bancaria Extranjera (FBAR) vence el 30 de junio de cada año.
Nuevo para la generación de informes del año calendario 2013
- El Informe de cuentas financieras y bancarias extranjeras pasó a ser numerado del Formulario 90-22.1 del Departamento del Tesoro (el formulario anterior) y ahora se denomina Formulario 114 de FinCEN.
- Se puede descargar una copia en blanco del Formulario 114 de la FinCEN en la página de presentación electrónica FBAR de la Red de Ejecución de Delitos Financieros y hacer clic en el enlace del Informe 114 de la FinCEN. Esta es una descarga de PDF.
- El Informe se archiva directamente con la Red de Ejecución de Delitos Financieros (FinCEN), que es parte del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos .
- La FinCEN exige que los informes de cuentas bancarias en el extranjero se presenten electrónicamente a través del sitio web de FinCEN. Para obtener ayuda con la presentación electrónica, consulte las instrucciones de FinCEN ubicadas en Cómo presentar el FBAR electrónicamente (pdf).
Reportar cuentas bancarias extranjeras
Debe informar cuentas que tenga en bancos extranjeros y otras instituciones financieras si su saldo total en todas sus cuentas es de $ 10,000 o más en cualquier momento durante el año calendario. Esto es cierto tanto para las cuentas de las que usted es el propietario como para las cuentas para las que no es el propietario, pero que tiene autoridad para realizar transacciones en nombre del propietario de la cuenta.
Informe cada cuenta financiera extranjera que posea o tenga autorización para firmar utilizando el formulario FinCEN Formulario 114. Este formulario es bastante autoexplicativo. Proporcionará información sobre todas sus cuentas financieras en el extranjero, como el nombre del banco o la institución financiera donde se encuentra la cuenta, su número de cuenta y el saldo de la cuenta.
Tenga en cuenta que el Informe de la cuenta bancaria extranjera se presenta para cada titular de la cuenta. Las parejas casadas necesitan presentar informes separados o un solo informe conjunto. Para las cuentas que tienen varios titulares de cuenta o personas con autoridad de firma, puede haber varias personas o empresas que reporten la misma cuenta en informes de cuentas bancarias extranjeras separadas.
¿Qué tipos de cuentas financieras extranjeras son reportables?
Los siguientes tipos de cuentas financieras necesitarían ser reportados en el Reporte de Cuenta Bancaria Extranjera si cumple con el umbral de requisito de presentación:
- Cuentas bancarias (cuentas corrientes y ahorros)
- Cuentas de inversión
- Los fondos de inversión
- Cuentas de jubilación y pensiones
- Valores y otras cuentas de corretaje
- Tarjeta de débito y cuentas prepagas de tarjetas de crédito
- Seguro de vida y rentas vitalicias con valor en efectivo
Qué tipos de cuentas bancarias y cuentas financieras deben reportarse al Tesoro se discute en detalle en 31 CFR Parte 1010 y en la explicación del Departamento del Tesoro de sus revisiones a estas regulaciones que se publicaron el 24 de febrero de 2011 en el Registro Federal ( http://edocket.access.gpo.gov/2011/pdf/2011-4048.pdf ). Lo remito a ese documento para un análisis muy detallado sobre qué tipos de cuentas financieras son reportables.
Cuándo presentar
El Formulario 114 de FinCEN vence el 30 de junio de cada año para informar cuentas bancarias en el extranjero pertenecientes al año calendario anterior. El informe de la cuenta bancaria extranjera se debe recibir antes del 30 de junio. FinCEN requiere que el Formulario 114 se presente electrónicamente.
¿Qué pasa si no cumple con la fecha límite de presentación? Actualmente, el IRS está llevando a cabo una iniciativa de divulgación voluntaria en el extranjero para las personas que necesitan presentar informes tardíos de cuentas bancarias en el extranjero y deben informar los ingresos en el exterior no declarados anteriormente.
Las personas que están considerando este programa de divulgación voluntaria deben consultar con un abogado de impuestos antes de participar en este programa de IRS.
Dónde archivar
El Formulario 114 se archiva electrónicamente a través de la Red de cumplimiento de delitos financieros, ubicada en bsaefiling.fincen.treas.gov/main.html.
Si necesita una alternativa a la presentación electrónica, llame a la Línea de Ayuda Reguladora de FinCEN al 800-949-2732 (llamada gratuita dentro de los Estados Unidos).
Desde fuera de los Estados Unidos, llame al 703-905-3975 (no de forma gratuita).
Formularios e instrucciones
- Se puede descargar un Formulario 114 en blanco desde el sitio web de FinCEN en bsaefiling.fincen.treas.gov/NoRegFBARFiler.html. Busque el enlace "FinCEN Report 114"
- Instrucciones para completar el FBAR (pdf)
- Cómo presentar el FBAR electrónicamente (pdf)
- Formulario 114a, Registro de autorización para presentar FBAR electrónicamente (pdf, incluye instrucciones). Este documento se utiliza para autorizar a un preparador profesional a presentar el FBAR electrónicamente en su nombre.
- FBAR E-Filing FAQs (pdf)
Dónde obtener ayuda técnica con FBAR
Los estadounidenses pueden recibir ayuda con sus informes de cuentas bancarias en el extranjero llamando al IRS al 866-270-0733 (llamada gratuita dentro de los Estados Unidos) o al 313-234-6146 (no a través de llamadas gratuitas para quienes llaman fuera de los EE. UU.). Esta línea telefónica está disponible de lunes a viernes, de 8 am a 4:30 pm, hora del este. También puede enviar preguntas relacionadas con FBAR por correo electrónico a FBARquestions@irs.gov.
Para asistencia con preguntas sobre la presentación electrónica, comuníquese con BSAEFilingHelp@fincen.gov o llamando a la Mesa de ayuda de BSA E-Filing al 866-346-9478 (llamada gratuita dentro de los Estados Unidos). El servicio de ayuda de E-Filing está abierto de lunes a viernes de 8 am a 6 pm, hora del este.
Coordinar FBAR con la declaración de impuestos
Si bien el informe de la cuenta bancaria extranjera no es un formulario de impuestos y no se envía al IRS, es posible que la información relacionada con las cuentas bancarias extranjeras deba coordinarse con la información en la declaración de impuestos.
Los ingresos generados dentro de estas cuentas financieras extranjeras se informan en la declaración del impuesto sobre la renta en el año en que se obtienen los ingresos. Informará el ingreso extranjero según el tipo de ingreso que se genere. Por ejemplo, los intereses y dividendos se informarán en su Anexo B, las ganancias de capital en su Anexo D, y así sucesivamente. Si gana dividendos o intereses en estas cuentas, asegúrese de marcar la casilla en la Parte III, Línea 7a del Anexo B, e indique el país o países donde tiene cuentas.
En algunos casos, una persona puede necesitar presentar el Formulario 8938, Declaración de activos financieros extranjeros, con su declaración de impuestos. Este formulario de impuestos es independiente del informe de la cuenta bancaria extranjera, aunque contiene información similar. Hay umbrales separados para que se requiera revelar cuentas extranjeras. Para los propósitos del Formulario 8938, el umbral comienza en saldos totales de cuentas extranjeras de US $ 50,000 en el último día del año o US $ 75,000 en cualquier momento durante el año. Existen umbrales de notificación más altos para las parejas casadas que presentan una declaración conjunta y para los estadounidenses que viven en el extranjero. La siguiente tabla del IRS puede ser útil: Comparación de los requisitos del Formulario 8938 y FBAR. Además, cualquier impuesto extranjero pagado sobre el ingreso extranjero puede calificar para el Crédito Fiscal Extranjero en el Formulario 1116 .
Quién debe presentar TD F 90-22.1
Todo ciudadano o residente de los EE. UU., Sociedad, corporación, patrimonio o fideicomiso debe presentar TD F 90-22.1 si tiene "interés financiero o autoridad de firma u otra autoridad sobre cualquier cuenta financiera, incluidos bancos, valores u otros tipos de cuentas financieras en un país extranjero, si el valor total de estas cuentas financieras supera los $ 10,000 en cualquier momento durante el año calendario ". (De las instrucciones para TD F 90-22.1)
Excepciones a la presentación
No es necesario que informe cuentas en instalaciones bancarias militares de EE. UU., Incluso si esos bancos están ubicados en países extranjeros. Los bancos militares se consideran bancos nacionales estadounidenses. No necesita informar cuentas en bancos ubicados en Guam, Puerto Rico y las Islas Vírgenes de EE. UU. Tampoco es necesario que informe cuentas en los EE. UU. En poder de una sucursal o división de un banco extranjero.
Ley que rige el informe de cuentas bancarias extranjeras
La ley que exige que los ciudadanos de los EE. UU. Y los residentes extranjeros informen sobre sus cuentas bancarias extranjeras se encuentra en 31 CFR Capítulo X (anteriormente 31 CFR 103).
La Sección 103.24 dice lo siguiente:
Segundo. 103.24 Informes de cuentas financieras extranjeras.(a) Toda persona sujeta a la jurisdicción de los Estados Unidos (excepto una subsidiaria extranjera de una persona estadounidense) que tenga un interés financiero, firma u otra autoridad sobre un banco, valores u otra cuenta financiera en un país extranjero informará dicha relación con el Comisionado de Rentas Internas por cada año en que exista tal relación, y deberá proporcionar la información que se especifique en un formulario de informe prescrito por el Secretario para ser presentado por dichas personas. Las personas que tienen un interés financiero en 25 o más cuentas financieras extranjeras solo deben tener en cuenta ese hecho en el formulario. Dichas personas deberán proporcionar información detallada sobre cada cuenta cuando así lo solicite el Secretario o su delegado. (31 CFR 103.24)
Estatuto de Limitaciones para Informes de Cuentas Bancarias Extranjeras
Hay un estatuto de limitaciones de seis años para la evaluación de las sanciones civiles, y cinco años para la evaluación de las sanciones penales. (Fuente: New York State Bar Association, citando 31 USC sección 5321 (b) (1) y 18 USC sección 3282.)
El IRS informa que los contribuyentes deben mantener su informe de cuenta bancaria en el extranjero por cinco años. "Los registros deben conservarse por un período de 5 años a partir del 30 de junio del año calendario informado y deben estar disponibles para su inspección según lo dispuesto por la ley. Retener una copia del FBAR presentado puede ayudar a satisfacer los requisitos de mantenimiento de registros. " Además, recomiendo a los contribuyentes que conserven copias de sus estados de cuenta bancarios y de sus cuentas bancarias en el extranjero durante al menos seis años (lo que corresponde al período de prescripción más largo).
Sanciones por no presentar
El Departamento del Tesoro puede imponer sanciones muy severas por no presentar TD F 90-22.1.
"Se otorgan sanciones civiles y penales, que incluyen en ciertas circunstancias una multa de no más de $ 500,000 y una pena de prisión de no más de cinco años por no presentar un informe, suministrar información y presentar un informe falso o fraudulento". (Del Aviso de la Ley de Privacidad en el Formulario 90-22.1)
De acuerdo con el abogado fiscal Howard Rosen, las siguientes sanciones pueden ser evaluadas:
- No presentar una multa - hasta $ 250,000 y / o hasta 5 años en prisión por cualquier persona que "viole intencionalmente" los requisitos para presentarla. (Penalización 31 CFR 5322a)
- Pena de fraude : hasta $ 500,000 y / o hasta 10 años en prisión para cualquier persona que "viole deliberadamente" los requisitos para presentar "como parte de un patrón de cualquier actividad ilegal que implique más de $ 100,000 en un período de 12 meses". (Penalización 31 CFR 5322b)
- Falsa información : multa o hasta 5 años de prisión para cualquier persona que proporcione declaraciones falsas, engañosas, ficticias o fraudulentas en TD F 90-22.1; o hasta 8 años en prisión si la información falsa involucra terrorismo nacional o extranjero. (Penalización 18 CFR 1001)
Preguntas adicionales
Las preguntas adicionales con respecto a estos problemas deben dirigirse a la línea de asistencia de impuestos gratuita del IRS al (800) 829-1040, que es la línea directa general para el IRS. La agencia también ha establecido una línea especial especial para tratar problemas de informes de cuentas bancarias en el extranjero llamando al (866) 270-0733 (llamada gratuita) o al (313) 234-6146 (no a través de una línea gratuita). Las preguntas también se pueden enviar por correo electrónico al IRS en FBARquestions@irs.gov .