Este rango se llama una categoría impositiva. El lugar donde comienza y termina cada tramo impositivo varía según el estado civil de la persona.
Las tasas impositivas también pueden variar según el tipo de ingreso que tenga una persona. Las tasas de impuestos ordinarios se aplican a la mayoría de los tipos de ingresos. Se aplica un cronograma de tasas impositivas por separado para los ingresos por ganancias de capital a largo plazo y dividendos calificados.
Primero veamos un resumen de todas las tasas de impuestos para el año 2015. El siguiente gráfico muestra las tasas de impuestos ordinarias (primera columna) y las tasas de ganancias a largo plazo y dividendos calificados (segunda columna). El resto de las columnas muestran el comienzo y el final de cada tramo de impuesto, agrupados por estado de archivo. Es importante tener en cuenta que las cantidades en dólares representan los ingresos gravables , que es el ingreso mundial total después de restar varias deducciones .
| Tasas de impuestos 2015 | |||||||||
| Tasa de impuesto | Soltero | Jefe de hogar | Casado presentando por separado | Casado que presenta una declaración conjunta / elegible Viuda o viudo | |||||
| Ingresos ordinarios | Ganancias de capital a largo plazo y dividendos calificados | Ingresos gravables sobre | a | Ingresos gravables sobre | a | Ingresos gravables sobre | a | Ingresos gravables sobre | a |
| 10% | 0% | $ 0 | $ 9,225 | $ 0 | $ 13,150 | $ 0 | $ 9,225 | $ 0 | $ 18,450 |
| 15% | 0% | 9,225 | 37,450 | 13,150 | 50,200 | 9,225 | 37,450 | 18,450 | 74,900 |
| 25% | 15% | 37,450 | 90,750 | 50,200 | 129,600 | 37,450 | 75,600 | 74,900 | 151.200 |
| 28% | 15% | 90,750 | 189,300 | 129,600 | 209,850 | 75,600 | 115,225 | 151.200 | 230,450 |
| 33% | 15% | 189,300 | 411,500 | 209,850 | 411,500 | 115,225 | 205,750 | 230,450 | 411,500 |
| 35% | 15% | 411,500 | 413,200 | 411,500 | 439,000 | 205,750 | 232,425 | 411,500 | 464,850 |
| 39.6% | 20% | 413,200 | - | 439,000 | - | 232,425 | - | 464,850 | - |
Los cuadros de tasas impositivas también se pueden separar por estado de archivo.
| Tasas de impuestos ordinarios de 2015 para el estado de una sola presentación [Tabla de tasas impositivas X, sección 1 (c) del Código de Rentas Internas] | ||||||||
| Si el ingreso gravable es | un | segundo | do | re | mi | F | gramo | |
| encima | pero no más | Ingreso imponible | Menos | Reste (b) de (a) | Cantidad de multiplicación | Multiplicar (c) por (d) | Monto adicional | Agregar (e) y (f) |
| $ 0 | $ 9,225 | $ 0 | × 10% | $ 0 | ||||
| 9,225 | 37,450 | 9,225 | × 15% | 922.50 | ||||
| 37,450 | 90,750 | 37,450 | × 25% | 5,156.25 | ||||
| 90,750 | 189,300 | 90,750 | × 28% | 18,481.25 | ||||
| 189,300 | 411,500 | 189,300 | × 33% | 46,075.25 | ||||
| 411,500 | 413,200 | 411,500 | × 35% | 119,401.25 | ||||
| 413,200 | - | 413,200 | × 39.6% | 119.996,25 | ||||
Este formato del cuadro de la tasa de impuestos (que se muestra arriba) enfatiza la mecánica de cómo calcular el impuesto federal sobre la renta. Para usar este cuadro, comenzamos por calcular el ingreso imponible de una persona. Luego usamos las primeras dos columnas para encontrar el rango en el que cae el ingreso imponible. Una vez que encontramos la fila relevante, trabajamos en la fila de izquierda a derecha.
Una vez que identificamos la fila relevante, escribimos el monto del ingreso gravable en la columna (a). Luego realizamos la resta en la columna (c) y realizamos una multiplicación en la columna (e). A este número, agregamos el monto en la columna (f) para hallar la obligación del impuesto federal sobre la renta en la columna (g).
Para decirlo de otra manera, tomamos el ingreso imponible y restamos el monto donde comienza el tramo impositivo relevante (columnas ayb). Esto deja solo el ingreso imponible dentro de ese tramo impositivo (columna c). Multiplicamos esta cantidad por la tasa de impuestos para ese tramo (columnas dy e). Esta es la cantidad de impuesto sobre el ingreso dentro de esa categoría impositiva. A esta cantidad, agregamos el impuesto federal acumulado sobre el ingreso que cae en las tasas impositivas más bajas (columna f). Esto da como resultado el monto total del impuesto a la renta federal (columna g).
- Es importante señalar que esta tabla solo muestra las tasas de impuesto a la renta ordinarias. Usando este cuadro (o cuadros similares en la Publicación 505), asumimos que todos los ingresos están sujetos a las tasas de impuestos ordinarias.
- Para calcular el impuesto cuando una persona tiene ganancias de capital a largo plazo o dividendos calificados, use la Hoja de trabajo 2-7 en combinación con los cuadros de tasas impositivas (Hoja de trabajo 1-6), que se encuentran en la Publicación 505, Retención de impuestos e impuesto estimado (pdf)
Por ejemplo, supongamos que Edith, una sola persona, tiene un ingreso imponible de $ 100,000. Esto se encuentra dentro del cuarto tramo impositivo (que oscila entre $ 90,750 y $ 189,300 de ingresos gravables). Suponiendo que todos los ingresos de Edith estén sujetos a las tasas de impuestos ordinarias, encontraríamos su impuesto federal sobre la renta así:
| Ejemplo | ||||||||
| Si el ingreso gravable es | un | segundo | do | re | mi | F | gramo | |
| encima | pero no más | Ingreso imponible | Menos | Reste (b) de (a) | Cantidad de multiplicación | Multiplicar (c) por (d) | Monto adicional | Agregar (e) y (f) |
| 90,750 | 189,300 | $ 100,000 | 90,750 | $ 9,250 | × 28% | $ 2,590 | 18,481.25 | $ 21,071.25 |
Edith deberá $ 21,071.25 del impuesto federal a la renta sobre el ingreso imponible de $ 100,000.
Los ingresos imponibles de Edith se encuentran dentro del rango impositivo del 28%. Su ingreso de más de $ 90,750 está sujeto a impuestos a una tasa del 28%. El resto de su ingreso tributa a las tasas más bajas del 10%, 15% y 25%. La tasa efectiva o promedio de impuestos de Edith es su obligación tributaria dividida por su ingreso tributable, o 21,071.25 / 100,000 = 21.07125%. Esta tasa de impuesto efectiva es una combinación de todas las tasas impositivas que se aplican a sus ingresos.
| Tasas de impuestos ordinarios de 2015 para el estado de la presentación del jefe de familia [Tabla de tasa de impuesto Z, sección 1 (b) del Código de Rentas Internas] | ||||||||
| Si el ingreso gravable es | un | segundo | do | re | mi | F | gramo | |
| encima | pero no más | Ingreso imponible | Menos | Reste (b) de (a) | Cantidad de multiplicación | Multiplicar (c) por (d) | Monto adicional | Agregar (e) y (f) |
| $ 0 | $ 13,150 | $ 0 | × 10% | $ 0 | ||||
| 13,150 | 50,200 | 13,150 | × 15% | 1,315.00 | ||||
| 50,200 | 129,600 | 50,200 | × 25% | 6,872.50 | ||||
| 129,600 | 209,850 | 129,600 | × 28% | 26,722.50 | ||||
| 209,850 | 411,500 | 209,850 | × 33% | 49,192.50 | ||||
| 411,500 | 439,000 | 411,500 | × 35% | 115,737.00 | ||||
| 439,000 | - | 439,000 | × 39.6% | 125,362.00 | ||||
| Tasas de impuestos ordinarios de 2015 para los solicitantes que se presentan por separado [Esquema de la tasa impositiva Y-2, sección 1 (d) del Código de Rentas Internas] | ||||||||
| Si el ingreso gravable es | un | segundo | do | re | mi | F | gramo | |
| encima | pero no más | Ingreso imponible | Menos | Reste (b) de (a) | Cantidad de multiplicación | Multiplicar (c) por (d) | Monto adicional | Agregar (e) y (f) |
| $ 0 | $ 9,225 | $ 0 | × 10% | $ 0 | ||||
| 9,225 | 37,450 | 9,225 | × 15% | 922.50 | ||||
| 37,450 | 75,600 | 37,450 | × 25% | 5,156.25 | ||||
| 75,600 | 115,225 | 75,600 | × 28% | 14,693.75 | ||||
| 115,225 | 205,750 | 115,225 | × 33% | 25.788,75 | ||||
| 205,750 | 232,425 | 205,750 | × 35% | 55,662.00 | ||||
| 232,425 | - | 232,425 | × 39.6% | 64,989.25 | ||||
| Tasas de impuestos ordinarios de 2015 para personas casadas que presentan un estado de declaración de viudez y visado en conjunto y que califican [Esquema arancelario Y-1, Código de ingresos internos sección 1 (a)] | ||||||||
| Si el ingreso gravable es | un | segundo | do | re | mi | F | gramo | |
| encima | pero no más | Ingreso imponible | Menos | Reste (b) de (a) | Cantidad de multiplicación | Multiplicar (c) por (d) | Monto adicional | Agregar (e) y (f) |
| $ 0 | $ 18,450 | $ 0 | × 10% | $ 0 | ||||
| 18,450 | 74,900 | 18,450 | × 15% | 1,845.00 | ||||
| 74,900 | 151.200 | 74,900 | × 25% | 10,312.50 | ||||
| 151.200 | 230,450 | 151.200 | × 28% | 29,387.50 | ||||
| 230,450 | 411,500 | 230,450 | × 33% | 51,577.50 | ||||
| 411,500 | 464,850 | 411,500 | × 35% | 111,324.00 | ||||
| 464,850 | - | 464,850 | × 39.6% | 129,996.50 | ||||
Otras tasas impositivas vigentes para 2015
Además de los impuestos federales sobre el ingreso ordinario, existen otros impuestos que pueden aplicarse a los ingresos personales:
- Impuesto a la Seguridad Social a una tasa del 12.4% sobre los salarios y el ingreso del trabajo por cuenta propia hasta la base salarial anual de la Seguridad Social de $ 118,500.
- Impuesto de Medicare a una tasa del 2.9% sobre los salarios y los ingresos del trabajo por cuenta propia.
- Impuesto adicional de Medicare a una tasa del 0.9% sobre los salarios y el ingreso del trabajo por cuenta propia en los siguientes umbrales:
- Casado que presenta una declaración conjunta: $ 250,000
- Soltero o cabeza de familia o viuda elegible (er): $ 200,000
- Casado presentando por separado: $ 125,000
Impuesto mínimo alternativo (AMT)
Para casados que presentan una declaración por separado:
- 26% sobre el ingreso gravable (según se recalculó bajo las reglas AMT) por debajo de $ 92,700
- 28% en ingresos imponibles AMT más de $ 92,700
Para soltero, cabeza de familia, casado que presenta una declaración conjunta y viuda elegible (er):
- 26% en ingresos imponibles de AMT por debajo de $ 185,400
- 28% en ingresos imponibles AMT más de $ 185,400
Impuesto sobre la renta de la inversión neta a una tasa del 3,8% sobre el menor ingreso neto de inversión o ingreso bruto ajustado modificado sobre los siguientes umbrales:
- Casado que presenta una declaración conjunta o una viuda elegible (er): $ 250,000
- Soltero o cabeza de familia: $ 200,000
- Casado presentando por separado: $ 125,000
Las tasas impositivas de ganancias de capital varían dependiendo de si las ganancias son a corto o largo plazo.
Ganancias a corto plazo gravadas a tasas de impuesto a la renta ordinarias.
Ganancias a largo plazo y dividendos calificados gravados a
- 0% si el ingreso gravable cae en el 10% o 15% de los tramos de impuestos marginales
- 15% si el ingreso gravable cae en el 25%, 28%, 33% o 35% de las categorías de impuestos marginales
- 20% si los ingresos gravables caen en el tramo impositivo marginal de 39.6%
- 25% en la recuperación de la depreciación
- 28% en Coleccionables
- 28% en acciones calificadas para pequeñas empresas después de la exclusión
Cómo utilizar sus tasas impositivas marginales
Las personas pueden usar los programas de tasas impositivas de varias maneras para ayudar a planificar sus finanzas. Puede usar estas tasas impositivas para calcular la cantidad de impuestos que pagará sobre los ingresos adicionales que gana. Para un contribuyente en el tramo impositivo del 25%, el ingreso adicional se gravará al 25% hasta que el ingreso del contribuyente alcance el siguiente tramo impositivo del 28%.
Recuerde que los diferentes intervalos de ingresos se gravan a diferentes tasas, y los intervalos de ingresos a los que se aplican las tasas se basan en el estado civil de la persona. Por ejemplo, una persona que se registra como cabeza de familia ganando $ 48,600 por año tendría los primeros $ 13,150 de su ingreso gravable gravados a la tasa del 10%, y su ingreso gravable entre $ 13,150 y $ 48,600 gravados a la tasa del 15%. Un recaudador de cabeza de familia que gane $ 200,000 al año estaría dentro del rango impositivo del 28%, aunque parte de su ingreso tributará al 10%, 15% y 25%.
Alternativamente, puede usar estas tasas impositivas para calcular la cantidad de impuestos que ahorrará aumentando sus deducciones. Un contribuyente en el tramo impositivo del 28%, por ejemplo, ahorrará 28 centavos en impuestos federales por cada dólar gastado en un gasto deducible de impuestos, como interés hipotecario o caridad.
Tenga en cuenta que las tasas impositivas marginales interactúan con otras tasas impositivas, especialmente el impuesto mínimo alternativo, que puede llevar los ingresos a una tasa impositiva más alta o eliminar los ahorros impositivos de ciertos tipos de deducciones.
Fuente: los paréntesis fiscales oficiales para 2015 fueron publicados por el Servicio de Rentas Internas en el Procedimiento de Ingresos 2014-61 (pdf).
Nota: Para calcular su impuesto sobre la renta real, consulte las hojas de trabajo de cálculo de impuestos en las Instrucciones de 2015 para el Formulario 1040 y las Tablas de impuestos 2015 (todavía no disponibles). Las hojas de trabajo de cálculo de impuestos también se proporcionan en la edición 2015 de la Publicación 505, Retención de Impuestos e Impuesto Estimado (aún no disponible).